Patentes de adición en la India
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Según la ley india de patentes, se concede una patente a una invención que cumple los criterios de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial. Sin embargo, el proceso de investigación y desarrollo es continuo y, en varias ocasiones, a partir de él se desarrollan mejoras o modificaciones de la invención principal. También puede ocurrir que las mejoras o modificaciones de la invención principal sean el resultado de las opiniones de los consumidores. Aunque sean nuevas, no cumplen necesariamente el requisito de actividad inventiva a la vista de lo divulgado en las solicitudes de patente o en las patentes concedidas relativas a la invención principal. Debido a esta limitación, tales mejoras o modificaciones no reúnen los requisitos para la concesión de una patente independiente.
La ley india de patentes ofrece protección para dichas mejoras o modificaciones mediante las «patentes de adición». Los artículos 54, 55 y 56 de la Ley de Patentes de la India de 1970 tratan el régimen de las patentes de adición y se reproducen a continuación.
- Patentes de adición.—
(1) Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, cuando se presente una solicitud de patente respecto de cualquier mejora o modificación de una invención descrita o divulgada en la especificación completa presentada para ella (denominada en esta Ley la «invención principal») y el solicitante también solicite o haya solicitado una patente para esa invención o sea el titular de la patente correspondiente, el Controlador podrá, si el solicitante así lo pide, conceder la patente para la mejora o modificación como patente de adición.
(2) Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, cuando una invención, que sea una mejora o modificación de otra invención, sea objeto de una patente independiente y el titular de esa patente sea también el titular de la patente de la invención principal, el Controlador podrá, si el titular así lo pide, mediante resolución, revocar la patente de la mejora o modificación y conceder al titular una patente de adición respecto de ella, con la misma fecha que la de la patente así revocada.
(3) No se concederá una patente como patente de adición a menos que la fecha de presentación de la solicitud sea la misma o posterior a la fecha de presentación de la solicitud de la invención principal.
(4) No se concederá una patente de adición antes de la concesión de la patente de la invención principal. 55. Duración de las patentes de adición.—
(1) Una patente de adición se concederá por un plazo igual al de la patente de la invención principal, o a la parte del mismo que no haya expirado, y permanecerá en vigor durante ese plazo o hasta el cese anterior de la patente de la invención principal, y no más: siempre que, si la patente de la invención principal es revocada en virtud de esta Ley, el tribunal o, en su caso, el Controlador, a petición del titular formulada en la forma prescrita, podrá ordenar que la patente de adición pase a ser una patente independiente durante el resto del plazo de la patente de la invención principal, y en consecuencia la patente seguirá en vigor como patente independiente.
(2) No se pagarán tasas de renovación por una patente de adición pero, si una de estas patentes pasa a ser una patente independiente conforme al apartado (1), a partir de entonces se pagarán las mismas tasas, en las mismas fechas, como si la patente se hubiera concedido originalmente como patente independiente. 56. Validez de las patentes de adición.—
(1) No se denegará la concesión de una patente de adición, y una patente concedida como patente de adición no será revocada ni invalidada, únicamente por el motivo de que la invención reivindicada en la especificación completa no implica actividad inventiva en relación con cualquier publicación o uso de: (a) la invención principal descrita en la especificación completa correspondiente; o (b) cualquier mejora o modificación de la invención principal descrita en la especificación completa de una patente de adición a la patente de la invención principal o de una solicitud de dicha patente de adición, y no se cuestionará la validez de una patente de adición por el motivo de que la invención debería haber sido objeto de una patente independiente.
(2) Para disipar dudas, se declara que, al determinar la novedad de la invención reivindicada en la especificación completa presentada en virtud de una solicitud de patente de adición, se tendrá en cuenta también la especificación completa en la que se describe la invención principal. Una lectura detenida de las disposiciones pone de manifiesto los siguientes puntos relativos a las patentes de adición:
La solicitud de una patente de adición debe ser presentada por el mismo solicitante o titular que sea el solicitante de la solicitud principal o de la patente concedida principal; La fecha de presentación de la solicitud de una patente de adición debe ser la misma o posterior a la fecha de presentación de la solicitud principal; La invención reivindicada en la patente de adición debe cumplir el requisito de novedad; y No puede considerarse que la invención reivindicada en la patente de adición carece de actividad inventiva a la vista de lo divulgado en la solicitud principal; y Si una modificación o mejora de una invención es objeto de una patente independiente, el solicitante puede pedir que dicha patente concedida se convierta en patente de adición, siempre que el titular de la patente de adición sea el mismo que el de la patente independiente.
En Ravi Kamal Bali vs. Kala Tech and Ors., el juez Vazifdar sostuvo que el solicitante de una patente de adición debe ser el mismo que el solicitante o titular de la solicitud o patente principal. La parte pertinente de la sentencia se reproduce a continuación:
«Los artículos 54 y 55 establecen expresamente el vínculo entre la invención principal y la patente de adición. Parten de que el titular de la invención principal y el titular de la patente de adición son el mismo. El artículo 54 permite la concesión de una patente de adición solo si su solicitante solicita o ha solicitado una patente de la invención principal respecto de la cual se reivindica la modificación o mejora. Es obvio, por tanto, que solo el titular de la invención principal tiene derecho a mejorar o modificar la invención principal, pues de lo contrario se permitiría que cualquiera se beneficiara de ella explotando la invención principal. Un tercero ajeno a la invención principal no puede solicitar una patente de adición respecto de ninguna modificación o mejora de la invención principal.
Una opinión contraria llevaría a los resultados más incongruentes.
»Otra ventaja asociada a las patentes de adición es que pueden solicitarse incluso después de la concesión de la patente de la invención principal, es decir, las patentes de adición no están sujetas a plazo, a diferencia de las solicitudes divisionales conforme a las disposiciones de la ley india de patentes. La duración de una patente de adición es igual a la duración, o al resto de la duración, de la patente principal y, por tanto, puede ser inferior al plazo habitual de 20 años. Sin embargo, esta desventaja se compensa por el hecho de que las anualidades no se pagan por separado por las patentes de adición. Además, si la patente principal es revocada por resolución del tribunal o del Controlador, la patente de adición puede convertirse en patente independiente y las anualidades solo pasan a ser exigibles a partir de entonces.
Por tanto, las patentes de adición son un recurso útil para proteger de forma económica las mejoras o modificaciones realizadas en la invención principal. Sin embargo, es prudente presentar una solicitud de patente de adición solo si es poco probable que dichas mejoras o modificaciones cumplan los criterios establecidos para la concesión de una patente independiente, ya que una patente de adición suele tener una duración inferior a 20 años.
Autora: Dra. Niti Dewan



