Olymp pierde sus recursos en la UE por marcas de combinaciones de colores
Las recientes decisiones del Tribunal General refuerzan que las marcas multicolor carecen con frecuencia de carácter distintivo intrínseco en la Unión Europea.
Por Letizia Giugliano
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La empresa textil alemana Olymp ha perdido dos recursos ante el Tribunal General de la Unión Europea relativos al registro de marcas de combinaciones de colores. Estas decisiones ponen de relieve las dificultades persistentes de las empresas que buscan proteger elementos de su marca mediante derechos de propiedad intelectual no tradicionales en la UE, en particular cuando se apoyan solo en el color para lograr carácter distintivo.
El reto de las marcas de combinaciones de colores
En la Unión Europea, una marca, forma clave de propiedad intelectual, puede ser un signo utilizado para distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otras. Esta protección es tan vital para la identidad de marca como lo es una patente para una nueva invención. Si bien las marcas de un solo color son notoriamente difíciles de registrar por la necesidad de mantener los colores disponibles para todos los competidores, la situación de las marcas que combinan dos o más colores también es compleja The IPKat. Las recientes resoluciones del Tribunal General, el segundo tribunal de mayor rango de la UE, indican que, incluso con una menor exigencia de mantener los colores disponibles para los competidores, estas combinaciones con frecuencia no se consideran intrínsecamente distintivas, lo que plantea un reto para la innovación de marca.
El razonamiento del Tribunal General sobre el carácter distintivo
El Tribunal General dictó decisiones en los asuntos T-834/25 y T-835/25, que se referían a los intentos de Olymp de registrar combinaciones de colores concretas como marcas The IPKat. El tribunal consideró que estas combinaciones multicolor carecían del carácter distintivo intrínseco necesario. Para que una marca sea intrínsecamente distintiva, debe poder identificar el origen de los productos o servicios sin necesidad de que los consumidores aprendan su significado mediante un uso extenso. La postura del tribunal sugiere que la mera combinación de colores, sin una disposición específica u otros elementos, puede no bastar para superar este umbral en la UE, lo que supone un obstáculo para cualquier nueva startup que busque una protección de marca singular.
Implicaciones para la protección de marcas en la UE
Estas decisiones subrayan un enfoque coherente de los tribunales de la UE respecto de las marcas no tradicionales, en particular las basadas en el color. Las empresas como Olymp que quieran proteger su imagen de marca mediante combinaciones de colores deben demostrar que esas marcas no son meramente decorativas, sino que cumplen una clara función de indicación de origen para los consumidores The IPKat. Esto suele significar recurrir a la prueba del «carácter distintivo adquirido» mediante un uso extenso en el mercado, en lugar del carácter distintivo intrínseco, lo que puede ser un camino más difícil y costoso para los titulares de marcas. Estas conclusiones son vitales para quienes siguen las noticias sobre patentes y el ámbito más amplio de la propiedad intelectual, y se tratan regularmente en la revista The Patent.
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